A fines del 2017 se sancionó la Ley 27.424, nombrada como Régimen de fomento a la generación distribuida de energía renovable integrada a la Red Eléctrica Pública, que, a grandes rasgos, busca impulsar una mayor generación de energía renovable en puntos que no estén ligados a las plantas convencionales de energía. De esta forma, los usuarios tradicionales de energía eléctrica (hogares, empresas u otros establecimientos) pueden generar su propia energía e inyectar el excedente a la red de distribución para, de esta forma, acceder a un ahorro en su próxima boleta de luz. Dicho concepto de generación para autoconsumo e inyección de excedente tiene el nombre de Generación distribuida.
Además, cuando un usuario se suma está ayudando a combatir el Cambio Climático y promover los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Concretamente: Qué es la generación distribuida (GD)?
En términos generales, refiere a la generación eléctrica descentralizada o dispersa proveniente de un conjunto numeroso de pequeñas fuentes ubicadas en lugares próximos a donde se produce el consumo; o, más precisamente, aquella que conectada a la red de distribución de energía eléctrica se caracteriza por encontrarse instalada en esos puntos, facilitando el autoconsumo.
Algunas características claves de la GD son:
- La reducción de las pérdidas de transmisión en la redes
- La inyección del total o excedente de la energía producida
- El hecho de que suelen poseer potencias menores y una escala de producción que puede ser tanto comercial (donde se inyecta el total de la energía generada) como individual (donde se inyecta solo el excedente)
La energía eléctrica, hasta hace pocos años, llegaba únicamente desde grandes centrales de generación, viajando largas distancias a través de las líneas de transporte y la red de distribución. A partir de esta ley, se fijan las políticas y condiciones jurídicas y contractuales para la generación de energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución, para su autoconsumo, con eventual inyección de excedentes a la red, y establecer la obligación de los prestadores del servicio público de distribución de facilitar dicha inyección, asegurando el libre acceso a la red de distribución, sin perjuicio de las facultades propias de las provincias.
Otras cuestiones clave de la ley
Todo usuario-generador tiene derecho a generar para autoconsumo energía eléctrica a partir de fuentes renovables y a inyectar sus excedentes de energía eléctrica a la red de distribución reuniendo los requisitos técnicos que establezca la reglamentación (Art. 5). Esta inyección de energía excedente deberá contar con previa autorización (Art. 7) y una vez aprobado esto el usuario-generador y el distribuidor suscribirán un contrato de generación eléctrica bajo la modalidad distribuida de acuerdo a los lineamientos generales que determine la reglamentación (Art. 10).
Una vez obtenida dicha autorización, la Ley establece que el distribuidor realizará la conexión e instalación del equipo de medición y habilitará la instalación para inyectar energía a la red de distribución. Los costos de esta operación deberán ser solventados por el usuario-generador (Art. 11).
¿Cómo se produce la nueva facturación para hogares o empresas que recurran a la GD?
Cada distribuidor efectuará el cálculo de compensación y administrará la remuneración por la energía inyectada a la red producto de la generación distribuida de energía eléctrica a partir de fuentes renovables bajo el modelo de balance neto de facturación en base a los siguientes lineamientos.
- El usuario-generador recibirá una tarifa de inyección por cada kWh que entregue a la red de distribución.
- El valor de la tarifa de inyección de cada usuario-generador regirá a partir del momento de la instalación y conexión por parte del distribuidor del equipo de medición correspondiente.
- El distribuidor reflejará en la facturación que usualmente emite por el servicio de energía eléctrica prestado al usuario-generador, tanto el volumen de la energía demandada como el de la energía inyectada por el usuario-generador a la red, y los precios correspondientes a cada uno por kWh. El valor a pagar por el usuario-generador será el resultante del cálculo neto entre el valor monetario de la energía demandada y el de la energía inyectada antes de impuestos.
- Si existe un excedente monetario a favor del usuario-generador, el mismo configurará un crédito para la facturación de los periodos siguientes.
¿Cuál es el valor de compensación por inyectar energía a la red?
Esta compensación corresponde al precio que cada distribuidor paga en el mercado mayorista (precio mayorista). Este precio será siempre menor al precio minorista, es decir, a lo que paga cada usuario a su distribuidor. Estos precios se podrán ver reflejados de mejor manera en estos puntos:
- Precio Mayorista: Precio Estabilizado de la Energía (PEE) + el Precio Estabilizado del Transporte (PET)
- Precio Minorista: Precio Estabilizado de la Energía (PEE) + el Precio Estabilizado del Transporte (PET) + el valor agregado de distribución (VAD)
A su vez, la autoridad de aplicación, establecerá instrumentos, incentivos y beneficios a fin de promocionar la generación distribuida de energía eléctrica a partir de fuentes renovables. La definición de estos instrumentos, incentivos y beneficios se realizará teniendo en cuenta, entre otros, los criterios siguientes: costo de energía generada y/o inyectada, la potencia instalada, el valor de mercado de los equipamientos, diferenciación por tecnologías, diferencia horaria y/o condiciones regionales (Art. 26).
Esta ley, que lamentablemente aún cuenta con algunas trabas relacionadas a la logística, va a contribuir a alcanzar las metas establecidas en el régimen de fomento al uso de energías renovables (ley N° 27.191) y acelerará el proceso de inversiones en los próximos años.
Esperemos que más industrias impulsen estrategias de generación de energía renovable. Sin duda contribuirá a combatir el impacto socio ambiental que está relacionado a la generación de energía a partir de combustibles fósiles. Y, si se gestiona de forma adecuada, podrá implicar un ahorro en su consumo de red, y hasta ahorros monetarios reflejados en la boleta de luz del mes siguiente.
Si tenés consultas, o querés conocer otras formas de operar con energía renovable sin tener que incurrir a grandes inversiones monetarias, contáctanos.